Abogado Penalista | Derechos de la Persona Detenida en la Comisaría de Policía
Abogado Penalista | Derechos de la Persona Detenida en la Comisaría de Policía
La Instrucción número 1/2024 de la Secretaría de Estado de Seguridad actualiza el procedimiento integral de la detención policial en España, con el fin de proteger los derechos de las personas detenidas y ofrecer garantías jurídicas a los agentes. Teniendo en cuenta la importancia de esta materia, se recomienda contar con el asesoramiento de un abogado penalista ya que la instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad no es una ley, sino instrucciones de obligado cumplimiento para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Objetivo
- Actualización y Ampliación: Compilar y actualizar normativas e instrucciones existentes sobre detención policial.
- Protección de Derechos: Asegurar el respeto a los derechos fundamentales de las personas detenidas.
Principios Fundamentales
- Protección de Derechos Fundamentales: Alineado con la Constitución Española, la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) y tratados internacionales de derechos humanos.
- No Discriminación: Evitar cualquier tipo de discriminación, con especial atención a colectivos vulnerables como el LGTBI y las personas trans.
Procedimientos Detallados
- Detención y Custodia: Debe realizarse con el mínimo perjuicio, garantizando la dignidad y los derechos de la persona detenida. Se incluye asistencia sanitaria cuando sea necesario.
- Uso de la Fuerza: Debe ser proporcional y adecuado. Se detalla el uso escalonado de la fuerza y se especifica que las armas de fuego solo deben usarse en situaciones de grave peligro.
- Registro y Grilletes: Condiciones para el registro personal y uso de grilletes, priorizando la seguridad y minimizando daños.
- Duración de la Detención: No más de 72 horas, con posibilidad de prórroga en casos excepcionales. Se debe registrar detalladamente el tiempo de detención.
- Derechos de la Persona Detenida: Información sobre los motivos de detención, derecho a guardar silencio, asistencia letrada, comunicación con familiares, y revisión judicial de la detención.
Principios Generales
- Finalidad y Ámbito de Aplicación: La detención policial es una medida cautelar que limita provisionalmente el derecho a la libertad de una persona, regulada por la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Debe realizarse de manera que perjudique lo menos posible a la persona detenida en términos de su reputación y patrimonio.
Oportunidad de la Práctica de la Detención
- Evaluación de la Necesidad: La detención debe ser oportuna, considerando el momento, lugar y forma adecuados para evitar vulnerar otros derechos fundamentales como el honor y la intimidad.
- Identificación de los Agentes: Los agentes no uniformados deben identificarse claramente al practicar la detención. Los agentes uniformados están automáticamente identificados por su uniforme.
- Asistencia Sanitaria: Garantizar asistencia sanitaria urgente si la persona detenida está afectada por alcohol, drogas o presenta trastornos mentales, así como en casos de lesiones o cuando se trata de mujeres gestantes.
Uso de la Fuerza
- Proporcionalidad y Adecuación: La fuerza debe ser proporcional y adecuada a la situación, utilizando técnicas de menor lesividad cuando sea posible. El uso de armas de fuego se permite solo en casos de grave riesgo para la vida o integridad física de las personas.
- Medios Autorizados: Solo se pueden usar medios de dotación autorizados, como defensas, sprays y dispositivos eléctricos de inmovilización, recurriendo a armas de fuego solo como último recurso.
Inmovilización y Registro Personal
- Registro Inmediato: Tras la detención, se debe realizar un registro personal para garantizar la seguridad de todos los involucrados y prevenir autolesiones o la destrucción de pruebas.
- Uso de Grilletes: Su uso está permitido pero debe adaptarse a las circunstancias personales de la persona detenida y solo aplicarse si es necesario para la seguridad.
Duración de la Detención
- Plazo Máximo: La detención no puede durar más de 72 horas, salvo casos excepcionales. Debe registrarse detalladamente el tiempo y lugar de la detención y su puesta a disposición judicial.
- Prórrogas: En casos de delitos relacionados con bandas armadas o terrorismo, se puede extender la detención hasta 48 horas adicionales con autorización judicial.
Derechos de la Persona Detenida
El documento establece una serie de derechos fundamentales para las personas detenidas, asegurando su protección y respeto durante todo el proceso de detención. A continuación se detallan estos derechos:
Información Inmediata
- Información de Derechos: Inmediatamente después de la detención, la persona debe ser informada de sus derechos conforme al artículo 520.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Esto incluye el derecho a:
- Guardar silencio y no declarar contra sí mismo.
- Ser asistido por un abogado penalista.
- Acceder a los elementos esenciales de las actuaciones para impugnar la legalidad de la detención.
- Hechos y Motivos de la Detención: Se le informará de los hechos que se le atribuyen y las razones que motivan su privación de libertad.
Comunicación y Asistencia
- Derecho a Comunicarse: La persona detenida tiene derecho a comunicar su detención a un familiar o persona que desee, así como a su abogado.
- En casos excepcionales, esta comunicación puede ser demorada si se considera que puede afectar negativamente a la investigación.
- Derecho a realizar una llamada telefónica a un tercero de su elección en presencia de un agente de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE).
- Derecho a Traducción e Interpretación: Si la persona detenida no comprende el idioma, se le facilitará la información en un idioma que entienda. Esto puede incluir traducción de documentos y asistencia de un intérprete.
Asistencia Letrada
- Derecho a Abogado: La persona detenida tiene derecho a ser asistida por un abogado penalista desde el momento de la detención.
- El abogado puede entrevistarse con el detenido en privado y asistir a todas sus declaraciones.
- También tiene derecho a que su abogado esté presente durante las diligencias de reconocimiento en rueda y otras que requieran la presencia del detenido.
Salud y Condiciones de Detención
- Derecho a Asistencia Médica: La persona detenida tiene derecho a recibir atención médica adecuada si su salud lo requiere.
- Este derecho incluye la atención inmediata en caso de lesiones, enfermedades o condiciones preexistentes.
Protección de Datos y Privacidad
- Protección de Datos Personales: El tratamiento de los datos personales de la persona detenida se regirá por la normativa vigente en materia de protección de datos, garantizando su privacidad y confidencialidad.
Revisión Judicial
- Derecho de Habeas Corpus: La persona detenida puede solicitar un procedimiento de Habeas Corpus para que un juez revise la legalidad de su detención.
- Este procedimiento puede ser iniciado por la propia persona detenida, su abogado penalista, el Ministerio Fiscal, el Defensor del Pueblo o de oficio por el juez.
Otros Derechos
- Información Adicional: Además de los derechos anteriores, se debe informar a la persona detenida sobre el plazo máximo de duración de la detención y las condiciones bajo las cuales se desarrolla su privación de libertad.
- También se le debe proporcionar información sobre cómo presentar quejas por malos tratos o violaciones de derechos durante la detención
Formación y Revisión
- Formación Continua: Programas de formación para policías y guardias civiles sobre los procedimientos detallados en la instrucción.
- Revisión Periódica: Actualizaciones periódicas para adaptarse a cambios normativos y sociales.
Anexos y Apéndices
- Detención de Menores: Protocolo específico para menores.
- Ciudadanos Extranjeros y Otras Personas Especiales: Procedimientos para la detención de extranjeros y personas con necesidades especiales.
- Medidas Contra la Discriminación: Normas para evitar discriminación por orientación sexual, identidad de género, etc.
- Atención y Protección Especial: Protocolos para mujeres gestantes y personas con riesgo de autolesiones.
Publicación y Efectos
- Publicación: La instrucción será publicada en los boletines oficiales de la Policía y Guardia Civil, y difundida entre las Juntas Locales de Seguridad.
- Anulación de Instrucciones Anteriores: Se derogan varias instrucciones anteriores para unificar y actualizar la normativa vigente.
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