Abandono o Incumplimiento en Mesas Electorales: Artículo 143 de la LOREG
Abandono o Incumplimiento en Mesas Electorales: Artículo 143 de la LOREG
El artículo 143 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) es una disposición legal clave que regula el delito por abandono o incumplimiento en las mesas electorales y las sanciones aplicables a los miembros de las mesas electorales que incumplen sus obligaciones sin causa justificada. A continuación, se proporciona un análisis exhaustivo del artículo, sus implicaciones legales, posibles defensas, recomendaciones para los ciudadanos designados a estos puestos y otros aspectos relevantes para comprender plenamente su alcance y aplicación.
Texto del Artículo 143 de la LOREG. Delito por abandono o incumplimiento en las Mesas electorales.
«El Presidente y los Vocales de las Mesas Electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.»
Este artículo establece claramente las penas aplicables a los miembros de las mesas electorales que no cumplen con sus deberes, enfatizando la seriedad de estas obligaciones en el marco del proceso electoral. El objetivo es asegurar que los procesos electorales se desarrollen con normalidad y sin contratiempos, garantizando así la correcta expresión de la voluntad popular.
Importancia del Cumplimiento de las Obligaciones en Mesas Electorales
El buen funcionamiento de las mesas electorales es fundamental para la integridad del proceso electoral. Los miembros de las mesas tienen la responsabilidad de supervisar la votación, asegurar que se respeten las normas electorales, contar los votos y certificar los resultados. La ausencia de cualquiera de estos miembros puede afectar significativamente la transparencia y la legitimidad del proceso electoral.
Jurisprudencia Española sobre el Artículo 143
El artículo 143 se ha aplicado constantemente por los juzgados y tribunales españoles, lo que hace destacar su relevancia y la firmeza con la que el sistema judicial trata estos incumplimientos. A continuación se destacan algunos ejemplos importantes:
- Sentencia del Tribunal Supremo: En este caso, un presidente de mesa electoral fue condenado por no presentarse a desempeñar sus funciones sin justificación válida. El tribunal subrayó la importancia de la obligatoriedad de cumplir con estas designaciones para asegurar el correcto desarrollo del proceso electoral. La sentencia destacó la falta de justificación adecuada y la ausencia de comunicación previa a la Junta Electoral de Zona.
- Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid: Un vocal de mesa electoral fue sancionado por no asistir a sus obligaciones sin causa justificada. La sanción impuesta fue una multa, conforme a lo previsto en el artículo 143 de la LOREG. Esta sentencia subraya cómo los tribunales españoles aplican este artículo para garantizar que los miembros de las mesas electorales cumplan con sus responsabilidades, enfatizando la importancia de su papel en la democracia.
- Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona: En un caso similar, otro vocal fue condenado a una pena de prisión de tres meses, que fue sustituida por una multa de 12 meses, debido a su negativa a cumplir con su obligación sin causa justificada. Este caso refuerza la posición de los tribunales sobre la seriedad del incumplimiento de estas obligaciones.
Cómo Evitar la Asistencia a Mesas Electorales y no incurrir en delito por no presentarse a las mesas electorales
Para evitar tener que acudir a una mesa electoral, es fundamental presentar una excusa válida y justificada ante la Junta Electoral de Zona. Los pasos a seguir son los siguientes:
- Notificación de la Designación: Una vez notificado como miembro de una mesa electoral, se dispone de un plazo de siete días para presentar una excusa. Es crucial actuar rápidamente dentro de este plazo para asegurar que la excusa sea considerada.
- Causas Justificadas: Entre las causas que pueden ser consideradas justificadas se incluyen:
- Enfermedad o incapacidad física o psíquica: Debe presentarse un certificado médico que detalle la condición que impide el desempeño del cargo.
- Embarazo avanzado o período de descanso maternal: Las mujeres embarazadas a partir del sexto mes o en período de descanso maternal tienen una causa justificada.
- Lesión o dolencia: Cualquier lesión o dolencia que incapacite temporal o permanentemente al individuo.
- Cuidado de menores de 8 años o personas dependientes: Se debe presentar documentación que acredite la responsabilidad de cuidado.
- Cambio de residencia: Cambios de residencia que dificulten notablemente la asistencia a la mesa, con la documentación que lo pruebe.
- Situaciones laborales u otras personales: Justificantes de la empresa o cualquier otra documentación relevante que respalde la imposibilidad de cumplir con la obligación.
¿Cómo puedo tramitar la solicitud para no acudir a las mesesas electorales?
- Documentación: Se debe presentar la documentación que acredite la causa justificada, como un certificado médico en caso de enfermedad, justificante laboral, etc. Esta documentación es esencial para validar la excusa ante la Junta Electoral de Zona.
- Presentación de la Excusa: La excusa se insta ante la Junta Electoral de Zona, que resolverá en un plazo de cinco días y comunicará la decisión. Si es aceptada, se nombra a un suplente. Es importante asegurar que toda la documentación esté completa y bien fundamentada.
- Aviso en Caso de Impedimento Posterior: Si el impedimento surge después del plazo inicial de excusa, debe comunicarse a la Junta de Zona al menos 72 horas antes del acto electoral, aportando las justificaciones pertinentes. Si ocurre después de ese plazo, el aviso debe ser inmediato y antes de la hora de constitución de la mesa.
Modelo de Solicitud de Excusa
Aquí se presenta un modelo básico de solicitud de excusa para no asistir a una mesa electoral:
[Tu Nombre Completo]
[Tu Dirección]
[Código Postal y Ciudad]
[DNI/NIF]
[Fecha]
A la Junta Electoral de Zona de [Nombre de la Zona]
Asunto: Solicitud de Excusa para No Asistir a la Mesa Electoral
Estimados miembros de la Junta Electoral de Zona,
Yo, [Tu Nombre Completo], con DNI/NIF [Número de tu Documento], y con domicilio en [Tu Dirección Completa], he sido designado/a como [Presidente/Vocal/Suplente] de la Mesa Electoral [Número de la Mesa y Ubicación] para las elecciones del próximo [Fecha de las Elecciones].
Por medio de la presente, solicito formalmente ser excusado/a de dicho cargo debido a [descripción de la causa justificada]. Adjunto a esta solicitud la documentación que acredita mi situación:
- [Descripción y detalles del documento adjunto, por ejemplo, certificado médico, justificante laboral, etc.]
Confío en que comprenderán mi situación y les agradezco de antemano su atención a esta solicitud. Quedo a su disposición para cualquier información adicional que puedan necesitar.
Atentamente,
[Firma]
[Tu Nombre Completo]
Defensa Legal ante Investigaciones en caso de delito por no presentarse a las mesas electorales
Si estás investigado por incumplir el artículo 143 de la LOREG un abogado penalista puede realizar diversas acciones para defenderte:
- Análisis de la Notificación y Documentación: El abogado revisará la notificación de la investigación para entender los cargos específicos y las pruebas presentadas. Además, recopilará toda la documentación relevante, como la notificación de designación, cualquier correspondencia con la Junta Electoral y las justificaciones presentadas (si las hubo).
- Evaluación de la Legitimidad de la Excusa: El abogado evaluará si existen causas justificadas para la ausencia, como enfermedad, incapacidad, cuidado de menores, o cualquier otra circunstancia que pueda haber impedido la asistencia. Esto incluye la obtención de certificados médicos, justificaciones laborales, etc.
- Defensa Legal: Preparará una estrategia de defensa basada en las circunstancias específicas del caso. Esto puede incluir la argumentación de causas de fuerza mayor o la presentación de evidencia de que se intentó notificar a la Junta Electoral de la imposibilidad de asistir. El abogado representará al cliente durante el proceso judicial, incluyendo la comparecencia en audiencias y la presentación de argumentos legales.
- Negociación y Acuerdo: En algunos casos, el abogado puede negociar con la fiscalía para reducir las penas o alcanzar un acuerdo que evite el juicio, como la imposición de una multa en lugar de una pena de prisión.
- Recursos y Apelaciones: Si el fallo es desfavorable, el abogado puede interponer recursos de apelación ante instancias superiores para buscar una revisión de la sentencia. Además, asegurará que se han seguido todos los procedimientos legales correctos y, en caso de irregularidades, presentará las impugnaciones correspondientes.
- Consejería Legal: Proveerá asesoramiento continuo al cliente sobre sus derechos y las mejores prácticas para cumplir con futuras obligaciones electorales, evitando así problemas similares en el futuro. Esto incluye orientación sobre cómo documentar adecuadamente las causas justificadas para evitar conflictos legales.
Consecuencias del Incumplimiento de las Obligaciones Electorales
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 143 de la LOREG puede tener serias consecuencias legales. Las sanciones incluyen penas de prisión de tres meses a un año o multas de seis a veinticuatro meses. La severidad de la pena puede depender de varios factores, incluyendo la gravedad del incumplimiento y la existencia de antecedentes penales.
Recomendaciones Generales para evitar el delito de abandono o incumplimiento en mesas electorales.
- Conocimiento de las Obligaciones: Es crucial que los designados a mesas electorales comprendan completamente sus obligaciones y las consecuencias de su incumplimiento.
- Documentación y Comunicación: Mantener una comunicación efectiva y documentada con la Junta Electoral de Zona es esencial. Toda excusa o impedimento se acredita con la documentación adecuada y presentada en tiempo y forma.
- Cumplimiento de Plazos: Asegurarse de presentar cualquier excusa dentro de los plazos establecidos por la ley es fundamental para evitar sanciones.
- Asesoramiento Legal: En caso de dudas o problemas, buscar el asesoramiento de un abogado especializado puede ser crucial para proteger los derechos y evitar complicaciones legales.
Conclusión
El artículo 143 de la LOREG subraya la importancia del cumplimiento de las obligaciones electorales por parte de los miembros de las mesas para no incurrir en un delito de abandono o incumplimiento en mesas electorales. La existencia de penas severas para el incumplimiento refleja la seriedad con la que se toma este compromiso en el sistema democrático español. Sin embargo, existen mecanismos para presentar excusas válidas y justificadas, y la asesoría legal adecuada puede ser crucial en caso de investigaciones por incumplimiento.
Para más información y ejemplos específicos, se recomienda consultar las bases de datos de sentencias y la web de la Junta Electoral Central. Además, es importante estar bien informado sobre los procedimientos y requisitos legales para evitar posibles sanciones y asegurar una participación adecuada en el proceso electoral.
Hemos este artículo con la intención de proporcionar una guía detallada y comprensible sobre el artículo 143 de la LOREG, esperarmos que os sirva de recurso útil para aquellos que necesiten entender mejor sus derechos y obligaciones como miembros de mesas electorales en España.
Si te han citado como investigado por un delito de abandono o incumplimiento en mesas electorales escríbenos, whatsapp o reserva directamente una visita presencial.